Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Inciso 15, "Ministerio de Desarrollo Social" a implementar en forma progresiva, la financiación de los cargos creados según lo dispuesto por el Decreto N° 273/013 de fecha 2 de setiembre de 2013, conforme se vayan produciendo las designaciones necesarias para la provisión de los mismos.