Decreto20-2021·2021

PRORROGA DEL VENCIMIENTO DE CONTRIBUCIONES ESPECIALES DE SEGURIDAD SOCIAL GENERADA POR ACTIVIDADES COMPRENDIDAS EN LAS DISPOSICIONES DE LA LEY 15.852. 28 DE FEBRERO DE 2021

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

18/01/2021

Fecha de publicación

22/01/2021

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase hasta el 28 de febrero de 2021, el vencimiento de las contribuciones especiales de seguridad social generadas por actividades comprendidas en las disposiciones de la Ley N° 15.852, de 24 de diciembre de 1986, correspondientes al tercer cuatrimestre de 2020.

Artículo 2Artículo 2

La prórroga prevista en el artículo precedente no exime a los contribuyentes de su deber de presentar la declaración nominada dentro de los plazos correspondientes.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y archívese.