Artículo 1 — Artículo 1
Dispónese la emisión de Notas de Tesorería por hasta la suma de UYU 18.600:000.000 (pesos uruguayos dieciocho mil seiscientos millones) de madurez de entre 2 (dos) y 5 (cinco) años de plazo; por los montos, condiciones, modalidades de integración y fechas que determine el Ministerio de Economía y Finanzas. La presente autorización tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024.