Decreto202-1992·1992

CAZA - LIEBRE EUROPEA - CAZA COMERCIAL NOCTURNA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

5 de diciembre de 1992

Fecha de publicación

7 de octubre de 1992

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase por el corriente año, la caza comercial nocturna de la liebre europea (Lepus europaens), en los períodos y condiciones establecidos en el decreto 357/989, de 26 de julio de 1989.

Artículo 2Artículo 2

El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en dos diarios de circulación nacional.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.