Artículo 1 — Artículo 1
Otórgase a las operaciones comprendidas en el artículo 1° del Decreto N° 376/012 de 23 de noviembre de 2012, que se realicen hasta el 31 de marzo de 2016, la reducción de la tasa del Impuesto al Valor Agregado, en la forma y condiciones dispuestas por el citado decreto.