Decreto202-2019·2019

APROBACION DEL CONTRATO DE COMODATO A CELEBRARSE ENTRE EL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Y EL MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de agosto de 2019

Fecha de publicación

16/07/2019

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Aprobar el contrato de comodato a celebrarse entre el Ministerio de Defensa Nacional (MDN) y el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA), que luce agregado como Anexo I (*) y forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2Artículo 2

Dicho comodato se extenderá por el plazo de seis (6) años, contados a partir de su firma y se destinará al montaje de alojamientos temporales y demás obras de infraestructura que se entiendan necesarias para llevar adelante el emprendimiento de la empresa UPM Pulp Oy (UPM).

Artículo 3Artículo 3

Habilítese al comodatario (MVOTMA) a dar en comodato a la empresa UPM (o sus subsidiarias), el área objeto del contrato de comodato, a los efectos del montaje de alojamientos temporales en la misma, para sus trabajadores no contratados a pie de obra, que no puedan ubicarse dentro del alojamiento existente disponible cerca del sitio de construcción de la planta de celulosa a construirse, en el caso que se verifiquen las condiciones previstas en el Contrato de Inversión suscrito entre la República Oriental del Uruguay y UPM Pulp Oy, el 7 de noviembre de 2017.

Artículo 4Artículo 4

El comodatario queda facultado a realizar construcciones en el citado padrón.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese y por el Departamento Administración Documental del Ministerio de Defensa Nacional remítase copia al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y al Comando General del Ejército para conocimiento. Cumplido, pase al Departamento Jurídico Notarial - Sección Notarial para la suscripción del contrato de comodato y demás efectos pertinentes. Oportunamente archívese.