Artículo 1 — Artículo 1
El derecho de opción a los incentivos para la renuncia a la función pública, a que refiere el artículo 31 del Decreto 722/991 de 30 de diciembre de 1991 comprende a todos los que sean funcionarios de PLUNA a la fecha de vigencia del presente Decreto, tanto los que ésta requiera para el cumplimiento de sus cometidos como los que pasen provisoriamente a desempeñarse en la sociedad anónima que ésta integre.