Decreto204-2003·2003

GASTO MAXIMO DE FUNCIONAMIENTO E INVERSIONES. EJERCICIO 2003

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

27/05/2003

Fecha de publicación

6 de marzo de 2003

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase para el ejercicio 2003, en los Incisos que se detallan, el nivel máximo de ejecución de gastos de funcionamiento e inversiones, en los importes que se exponen: INCISO GTOS. FUNCION. ($) INVERSIONES ($) Presidencia de la República 126:161.000,oo 481:586.866,oo Ministerio de Defensa Nacional 1.423:126.000,oo 437:788.000,oo Ministerio de Relaciones Exteriores 445:611.000,oo 2:740.000,oo Ministerio de Turismo 93:008.000,oo 10:367.000,oo Ministerio de Transp. y O. Públicas 58:286.000,oo 2.408:838.000,oo Ministerio de Trabajo y S. Social 385:267.000,oo 6:404.000,oo (*)

Artículo 2Artículo 2

Los organismos referenciados en el artículo precedente contarán con un plazo de treinta días para comunicar a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto la distribución del tope de ejecución de inversiones a nivel de Programa y fuente de financiamiento.-

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc..-