Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase la entrada al país de las siguientes aeronaves militares extranjeras: Escuadrilla de la Fuerza Aérea de la República Federativa de Brasil, Escuadrilla de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos de América, Escuadrilla de la Fuerza Aérea de la República de Chile y Escuadrilla de la Fuerza Aérea Argentina, a fin de participar en los actos de conmemoración del 75º aniversario de creación de la Fuerza Aérea Uruguaya, a celebrarse el 17 de marzo del corriente año.