Decreto205-1995·1995

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. ABRIL 1995. MAYO 1995

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/05/1995

Fecha de publicación

6 de enero de 1995

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de abril de 1995, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley Nº 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 94,84 (pesos uruguayos noventa y cuatro con 84/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable Alquileres (U.R.A.) del mes de abril de 1995 en $ 93,16 (pesos uruguayos noventa y tres con 16/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Indice de los Precios al Consumidor, asciende en el mes de abril de 1995 a 14.052,74 (catorce mil cincuenta y dos con 74/100) sobre base Diciembre 1985 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los Alquileres que se actualizan en el mes de mayo de 1995 es de 1,4365 (una con cuatro mil trescientos sesenta y cinco diezmilésimas).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.