Decreto206-2003·2003

FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. MAYO 2003

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

27/05/2003

Fecha de publicación

6 de marzo de 2003

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Establécese el monto del Salario Mínimo Nacional, a todos sus efectos en la suma de $ 1.170.00 (pesos uruguayos mil ciento setenta) mensuales o su equivalente resultante de dividir dicho importe entre veinticinco (25) para determinar el jornal diario o entre doscientos (200) para determinar el jornal horario. (*)

Artículo 2Artículo 2

Lo dispuesto en el Artículo 1º regirá a partir del 1º de mayo de 2003 y no será aplicable a los salarios de los trabajadores domésticos, rurales y de la esquila.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese y publíquese en dos diarios de circulación nacional.