Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase la transformación de los cargos vacantes en los cargos que se proponen en Anexo <IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0> , correspondientes a las Unidades Ejecutoras: 001 "Dirección General de Secretaría", 002 "Dirección Nacional de Recursos Acuáticos", 006 "Dirección General de la Granja" y 008 "Dirección General Forestal" del Inciso 07 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca", que se considera parte integrante de este decreto.