Artículo 1
Artículo 1.- Sustitúyese el numeral 13.5 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Escuela de Armas y Servicios aprobado por el artículo 1ro. del Decreto 309/980 de 3 de junio de 1980, en la redacción modificativa dada por los Decretos 60/983 de 1ro. de marzo de 1983 y 440/994 de 27 de setiembre de 1994, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "13.5 Los Oficiales que se presenten a realizar el Curso de Capacitación y Perfeccionamiento deberán rendir una prueba de evaluación de ingreso de carácter eliminatorio que comprenderá dos aspectos, el intelectual y el físico.- La reprobación de dicha prueba tendrá los mismos efectos que la reprobación del Curso".-