Artículo 1 — Artículo 1
Los valores del Impuesto Específico Interno correspondientes a la primera enajenación a cualquier título de los combustibles que se detallan serán por litro los siguientes: Combustible Impuesto por litro $ Nafta Eco Supra 12,966 Nafta Supra 12,456 Nafta Común 10,497 Queroseno 2,289 Gas Oil 1,239 (*)