Decreto209-2012·2012

REVISION DEL "REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE GASES COMBUSTIBLES"

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

25/06/2012

Fecha de publicación

29/06/2012

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Encomiéndase a la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua la revisión de la reglamentación establecida por el Decreto N° 216/002 de 13 de junio de 2002.

Artículo 2Artículo 2

Las modificaciones que se incorporaren serán aprobadas, en un plazo de un año por la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua en un nuevo reglamento de dicha unidad, que mantendrá los principios establecidos en el "Reglamento de Instalaciones de Gases Combustibles" y sustituirá las disposiciones del Decreto N° 216/002 de 13 de junio de 2002, y sus modificativos.

Artículo 3Artículo 3

La Dirección Nacional de Energía participará en forma conjunta en la revisión encomendada por el artículo 1, en conformidad con sus cometidos establecidos en el citado artículo 403 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.