Decreto209-2014·2014

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. JUNIO 2014

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/07/2014

Fecha de publicación

31/07/2014

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fijase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de junio de 2014, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.219, de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 730,27 (pesos uruguayos setecientos treinta con 27/100)

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fijase el valor de la Unidad Rajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de junio de 2014 en $ 728/79 (pesos uruguayos setecientos veintiocho con 79/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Índice General de los Precios del Consumo asciende en el mes de junio de 2014 a 133,48 (ciento treinta y tres con cuarenta y ocho), sobre base diciembre 2010 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de julio de 2014 es de 1,0908 (uno con novecientos ocho diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.