Decreto21-1992·1992

COMERCIO EXTERIOR - NOMENCLATURA ARANCELARIA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/01/1992

Fecha de publicación

24/02/1992

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Extiéndese a la importación de cubiertas que se realicen por los ítems NADI 87.01 y 87.02 correspondientes a kits de vehículos, en lo pertinente, los Precios Mínimos de Exportación fijados por el artículo 2º del decreto de fecha 22 de mayo de 1991. (*)

Artículo 2Artículo 2

Lo dispuesto en el artículo anterior no será de aplicación cuando los referidos productos se encuentren incluídos en la factura original del fabricante de la mecánica de los kits.

Artículo 3Artículo 3

El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en dos diarios de la Capital.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese en dos diarios de la Capital, etc.