Decreto21-1995·1995

FIJACION DE ASIGNACION FAMILIAR. ENERO 1995

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/01/1995

Fecha de publicación

24/01/1995

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase en $ 42,00 (pesos uruguayos cuarenta y dos), la Asignación Familiar que por hijo y por mes corresponde servir el Banco de Previsión Social desde el 1º de enero de 1995, cualquiera sea el número de hijos o menores a cargo ya se trate de prenatales, preescolares, estudiantes que cursen estudios primarios, secundarios, preparatorios o aprendizaje de oficio.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese y publíquese en dos diarios de la Capital.