Decreto21-2013·2013

EXONERACION DEL IVA A LAS ENAJENACIONES DE CARNE OVINA, DE AVE Y CERDO. PRORROGA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21/01/2013

Fecha de publicación

28/01/2013

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase por el período comprendido entre el 1° de enero de 2013 y el 31 de marzo de 2013, la exoneración del Impuesto al Valor Agregado a las enajenaciones de carne de ave dispuesta en el artículo 1° del Decreto N° 327/012, de 12 de octubre de 2012, con el mismo alcance establecido en el artículo 1° del Decreto N° 332/007, de 10 de setiembre de 2007.-

Artículo 2Artículo 2

Prorrógase por el período comprendido entre el 1° de enero de 2013 y el 31 de marzo de 2013, la exoneración del Impuesto al Valor Agregado a las enajenaciones de carne de cerdo con hueso establecida en el artículo 2° del Decreto N° 327/012, de 12 de octubre de 2012, con el mismo alcance establecido en el artículo 2° del Decreto N° 528/007, de 27 de diciembre de 2007.-

Artículo 3Artículo 3

Prorrógase por el período comprendido entre el 1° de enero de 2013 y el 31 de marzo de 2013, la exoneración del Impuesto al Valor Agregado a las enajenaciones de carne ovina establecida en el artículo 3° del Decreto N° 327/012, de 12 de octubre de 2012.-

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese y archívese.-