Artículo 1 — Artículo 1
Exhórtase a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, a extender entre el 1 de octubre de 2023 y el 31 de marzo de 2024, el beneficio comercial vigente hasta mayo de 2023 para los suministros identificados con usos eléctricos de riego con fines productivos, según Decreto N° 101/023, de 24 de marzo de 2023.