Decreto210-2011·2011

DECLARASE OBLIGATORIA LA LISTA DE ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA OIT. REVISION 2010

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

13/06/2011

Fecha de publicación

23/06/2011

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Declárase obligatoria la Lista de Enfermedades Profesionales de la Organización Internacional del Trabajo revisada en el año 2010 y aprobada el 25 de marzo de 2010, por el Consejo de Administración de la Organización Internacional del Trabajo, excepto las enfermedades referidas en el numeral 2.4 "Trastornos mentales y del comportamiento", sustitutiva de la contenida en el Convenio Internacional del Trabajo N° 121, (Recomendación N° 194), ratificado por Ley N° 14.116, de 30 de abril de 1973 y sus modificativas, que se anexa (*) y forman parte del presente,..

Artículo 2Artículo 2

Derógase el Decreto 167/981, de 8 de abril de 1981.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.