Decreto210-2022·2022

APROBACION DE UN ADELANTO A CUENTA DEL PROXIMO AJUSTE, A LAS JUBILACIONES Y PENSIONES SERVIDAS POR EL SERVICIO DE RETIROS Y PENSIONES DE LAS FUERZAS ARMADAS, Y DEL SERVICIO DE RETIROS Y PENSIONES POLICIALES. 1º DE JULIO DE 2022

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

29/06/2022

Fecha de publicación

7 de junio de 2022

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Establécese, a partir del 1° de julio de 2022, en relación a las jubilaciones y pensiones servidas por el Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas y del Servicio de Retiros y Pensiones Policiales, un adelanto a cuenta del próximo ajuste correspondiente a las mismas, según lo dispuesto por el inciso segundo del artículo 67 de la Constitución de la República de un 3% (tres por ciento).

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese y archívese.