Decreto212-1999·1999

MODIFICACION DEL REGLAMENTO SOBRE CONDICIONES Y PROGRAMA DE INGRESO A LA ESCUELA MILITAR

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/07/1999

Fecha de publicación

29/07/1999

Artículos (2)

Artículo 1

Artículo 1.- Modifícanse el literal a) del numeral 1) del literal I); numerales 1), 4) y 6) del literal n) del artículo 22 del Reglamento sobre Condiciones y Programa de Ingreso a la Escuela Militar (R-83), aprobado por el artículo 1ro. del Decreto 864/988 de 20 de diciembre de 1988, en la redacción modificativa dada por los Decretos 89/991 de 19 de febrero de 1991, 449/993 de 19 de octubre de 1993 y 434/997 de 11 de noviembre de 1997, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera: "I) Aparato digestivo.- 1) Boca - Son causas de no aptitud: a) El labio leporino no reparado quirúrgicamente o que afecte la estética o fonación."- "n) Aparato ocular. Son causas de no aptitud: 1) Agudeza visual inferior a 6/10 en cada ojo sin corrección o sumatoria de ambos ojos inferior a 14 sin corrección.- 4) Errores de refracción: Serán límites en los errores de refracción 1,5 dioptrías tanto para la miopía como para la hiperopía, astigmatismo y anisometropías, debiendo llegar a 8/10 con corrección.- 6) La exoftalmía mayor a 30".-

Artículo 2

Artículo 2.- Modifícase el literal b) del artículo 27 del Reglamento sobre Condiciones y Programa de Ingreso a la Escuela Militar (R-83), aprobado por las normas mencionadas en el artículo precedente, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "b) Postulantes de sexo femenino: - Carrera de 100 metros llanos ..... 17 seg.2/5 - Carrera de 12 minutos ..... 2.150 metros - Salto alto con impulso ..... 1.00 metro - Salto largo con impulso ..... 3.30 metros - Extensión - flexión en barra fija ..... 2 repeticiones - Natación (estilo libre) ..... 25 metros - Prueba de arrojo ..... A determinar en cada oportunidad por la Dirección del Instituto".-