Decreto212-2008·2008

PLAN DE AHORRO DE ENERGIA ELECTRICA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

14/04/2008

Fecha de publicación

22/04/2008

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

Aplíquese el "Plan de Ahorro de Energía Eléctrica" cuyo texto se adjunta al presente como anexo y forma parte integrante del mismo. (*)

Artículo 2Artículo 2

Créase un Grupo Técnico que funcionará en la órbita del Ministerio de Industria Energía y Minería, conformado por tres técnicos, uno designado por el Ministerio de Industria, Energía y Minería, otro por la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua y otro por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas.

Artículo 3Artículo 3

Dicho Grupo Técnico tendrá por cometido auditar el grado de cumplimiento del "Plan de Ahorro de Energía Eléctrica", a cuyos efectos deberá proceder a su monitoreo y fiscalización en la forma que recoge el anexo adjunto.

Artículo 4Artículo 4

Exhórtase a los usuarios del servicio eléctrico de los sectores comercial y residencial, a disminuir al máximo posible la iluminación de fachadas, carteles y avisos luminosos, así como todas las luminarias de carácter decorativo.

Artículo 5Artículo 5

Encomiéndase a los Ministerios de Educación y Cultura y de Turismo y Deporte y exhórtase asimismo a los Gobiernos Departamentales, en coordinación con el Ministerio de Industria, Energía y Minería, a realizar todas las gestiones necesarias a los efectos de evitar en lo máximo posible la realización de espectáculos culturales o deportivos masivos que requieran del consumo de energía eléctrica para su iluminación nocturna.

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, publíquese en el Diario Oficial, en dos diarios de circulación nacional y en la página Web del Ministerio de Industria, Energía y Minería; cumplido, archívese.