Decreto212-2024·2024

INCORPORACION AL DERECHO POSITIVO NACIONAL LA RESOLUCION GMC N° 13/22, POR LA CUAL SE APRUEBA SUB-ESTANDAR 3.7.31 REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA AVENA SATIVA (AVENA) SEGUN PAIS DE DESTINO Y ORIGEN PARA LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

23/07/2024

Fecha de publicación

31/07/2024

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Incorpórase al derecho positivo nacional la Resolución del Grupo Mercado Común (GMC) N° 13/22, de 20 de julio de 2022.

Artículo 2Artículo 2

Adóptase el Sub-Estándar 3.7.31 "Requisitos Fitosanitarios para Avena sativa (avena) según país de destino y origen, para los Estados Partes del MERCOSUR", (*) cuyo texto consta como Anexo al presente Decreto y forma parte integrante del mismo.

Artículo 3Artículo 3

El incumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto será sancionado de conformidad con lo establecido en el artículo 285 de la Ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por el artículo 87 de la Ley N° 19.535, de 25 de setiembre de 2017.

Artículo 4Artículo 4

Derógase la Resolución sin número de la Dirección General de Servicios Agrícolas (DGSA) del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca de 13 de junio de 2011.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, etc.