Decreto212-2025·2025

FIJACION DE LOS PROCEDIMIENTOS REGULATORIOS DEL REGIMEN DENOMINADO "EMPRESA EN EL DIA"

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

13/10/2025

Fecha de publicación

21/10/2025

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

A partir del 1° (primero) de enero de 2026 no podrán iniciarse nuevas constituciones de sociedades o inscripciones de empresas en general a través del régimen previsto en el Decreto N° 155/010, de 24 de mayo de 2010. Otórgase a la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC) un plazo de 90 (noventa) días corridos para finalizar los trámites realizados por el régimen del decreto referido en el inciso anterior, y que se encontraran pendientes al 31 (treinta y uno) de diciembre de 2025.

Artículo 2Artículo 2

La Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC) deberá establecer mecanismos de resguardo de la documentación tramitada por el citado régimen y su distribución, en su caso, a los organismos competentes en el proceso de constitución.

Artículo 3Artículo 3

Las publicaciones realizadas en el diario electrónico referido en el artículo 19 del decreto N° 155/010, de 24 de mayo de 2010, deberán resguardarse por la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC) a través de las vías que ésta disponga, y habilitarse su acceso por parte de los interesados, en caso de ser solicitado.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.