Decreto213-1994·1994

IMPORTACIONES - EXPORTACIONES - NOMENCLATURA ARANCELARIA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

5 de diciembre de 1994

Fecha de publicación

27/05/1994

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Declárase que las otras confecciones comprendidas en el capítulo 63 de la NADISA a que se refiere el último párrafo del artículo 3º del decreto a que alude el Visto, abarca exclusivamente a los artículos comprendidos en la partida 6302.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese en 2 (dos) diarios de circulación nacional, etc.