Artículo 1 — Artículo 1
Transfórmase el Departamento de Policía Militar del Estado Mayor del Ejército, en Batallón de Policía Militar del Ejército, dependiendo directamente del Comando General del Ejército.-
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Transfórmase el Departamento de Policía Militar del Estado Mayor del Ejército, en Batallón de Policía Militar del Ejército, dependiendo directamente del Comando General del Ejército.-
Artículo 2 — Artículo 2
Apruébanse las funciones del Batallón de Policía Militar del Ejército, las cuales serán las siguientes: 1. Ejercer la supervisión desde el punto de vista técnico, de todas las actividades del Sistema de Policía Militar del Ejército.- 2. Llevar los registros y documentación de actividades que emanen de su misión, particularmente las referidas a accidentes de vehículos militares en lo referente a delimitación de responsabilidad.- 3. Fiscalizar el acatamiento y cumplimiento de las Leyes, Decretos, Reglamentos y Ordenes militares en vigencia.- 4. Implementar, disponer y fiscalizar el cumplimiento de las Ordenanzas de Tránsito vigentes.- 5. Establecer coordinaciones con la Policía Militar de las otras Fuerzas.- 6. Efectuar la concentración y custodia de todo el personal militar sancionado que se determine.- 7. Proporcionar la seguridad física de las instalaciones militares que se disponga, realizando el control de ingreso y desplazamiento interior de las personas autorizadas.- 8. Apoyar las operaciones del Ejército, coordinando para ello el empleo de medios propios y del Sistema de Policía Militar del Ejército.-
Artículo 3 — Artículo 3
Déjase sin efecto el numeral 3.5.8 (y sub numerales) del Reglamento de Organización y Funciones del Estado Mayor del Ejército (R.O.F. 15-1), aprobado por el artículo 1ro. del Decreto 291/997 de fecha 19 de agosto de 1997.
Artículo 4 — Artículo 4
Exclúyese del Anexo Nro. 4 Organigrama del Estado Mayor Especialista, aprobado por el artículo 2do. del Decreto 291/997 mencionado, al Departamento de Policía Militar.-
Artículo 5 — Artículo 5
Comuníquese, publíquese y pase al Comando General del Ejército para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese.-