Decreto213-2008·2008

INCREMENTO ADICIONAL A LAS REMUNERACIONES. FUNCIONARIOS NO MEDICOS. MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

14/04/2008

Fecha de publicación

24/04/2008

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Aumento General. Otórgase a partir del 1º de enero de 2008 a los funcionarios no médicos comprendidos en el Inciso 12 del Presupuesto Nacional, un aumento adicional al dispuesto por artículo 1º del Decreto Nº 41/008, de 23 de enero de 2008, del 5% (cinco por ciento) sobre las remuneraciones percibidas con cargo a créditos correspondientes a Rentas Generales, Recursos con Afectación Especial y otras Financiaciones.

Artículo 2Artículo 2

(*)

Artículo 3Artículo 3

La Contaduría General de la Nación realizará los ajustes de créditos presupuestales necesarios para cumplir con los criterios de aumento establecidos en el presente decreto, dentro de la pauta fiscal oportunamente establecida.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.