Artículo 1 — Artículo 1
Desígnase para ser expropiada por la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL) la fracción parte del inmueble empadronado con el N° 16.061, con un área de 1 há 1.200 m², según croquis AGR N° 13/06/ADL del Agrimensor Alberto C. Di Leoni, de junio de 2006, ubicado en la 7ª Sección catastral del departamento de Maldonado, propiedad de la Sra. María de las Mercedes Susana Iriondo Villalba.