Decreto215-1999·1999

EQUIPOS BIOMEDICOS. CERTIFICACION DE COMPATIBILIDAD AÑO 2000

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/07/1999

Fecha de publicación

29/07/1999

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Dispónese que a partir del 1º. de julio de 1999, todos los equipos biomédicos, o de aplicación directa en el área de atención al paciente que se incorporen a los sistemas de atención a la salud pública o privada, deberán contar con certificación de compatibilidad con el año 2000 la que deberá ser expedida por el fabricante del equipo en cuestión o en su defecto por la empresa comercializadora, exigencia que deberá ser tomada como condición esencial de todas las compras.

Artículo 2Artículo 2

Para los equipos biomédicos de aplicación directa en el área de atención al paciente instalados con anterioridad al 1º. de julio de 1999, se deberán procurar las certificaciones correspondientes.

Artículo 3Artículo 3

Los Señores Directores Técnicos de los servicios públicos y privados asumirán la obligación del cumplimiento del presente Decreto.

Artículo 4Artículo 4

Será responsabilidad de los Señores Representantes Legales y Directores Técnicos de las empresas proveedoras la exactitud de la documentación emitida al efecto.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese.