Decreto217-2002·2002

APROBACION DEL REGLAMENTO DE CONVERSION MASIVA DE ARTEFACTOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

13/06/2002

Fecha de publicación

20/06/2002

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase el denominado "Reglamento de Conversión Masiva de Artefactos" que se adjunta como anexo y que forma parte de este Decreto.

Artículo 2Artículo 2

Declárase obligatoria la realización de la conversión a que refiere este Decreto para los usuarios del servicio de gas por cañería en el Departamento de Montevideo.

Artículo 3Artículo 3

Autorízase a la empresa Gaseba Uruguay S.A. a disponer el corte del servicio de suministro de gas a los usuarios que, previa intimación, no permitan la realización de la conversión. La medida se comunicará a la Dirección Nacional de Energía.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.