Decreto219-2004·2004

CREACION DE LA OFICINA DE REGISTRO CIVIL N° 15. REGISTRO DE ESTADO CIVIL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

29/06/2004

Fecha de publicación

7 de mayo de 2004

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Créase la Oficina de Estado Civil Nº 15, sita en la Ciudad de Las Piedras, Departamento de Canelones, la que estará a cargo de funcionarios dependientes de la Dirección General del Registro de Estado Civil y funcionará dentro de la órbita de dicha Dirección General.

Artículo 2Artículo 2

La Oficina de Estado Civil que se crea comenzará a funcionar el 1º de julio de 2004, fecha a partir de la cual cesará en sus cometidos de Oficial de Estado Civil, el Juez de Paz del Departamento de Canelones cuya competencia abarcaba la circunscripción territorial que se asigna a nueva dependencia.

Artículo 3Artículo 3

La Oficina de Estado Civil referida, tendrá la misma competencia que las actuales Oficinas de Estado Civil Nos. 1 a 7 del Departamento de Montevideo, dentro de los siguientes límites territoriales: Al Norte: Arroyo Colorado, aguas arriba, desde Ruta Nº 36 hasta Ruta Nº 67, Ruta Nº 67 hacia el Norte haciendo un quiebre hacia el Este desde Arroyo Colorado hasta la Ruta Nº 66. Al Este: Ruta Nº 68, hacia el Sur, desde la Ruta Nº 67 hasta el límite departamental con Montevideo. Al Sur: Limite departamental con Montevideo siguiendo el Arroyo Las Piedras desde la Ruta Nº 66 hasta calle Industria, Calle Industria hacia el Oeste desde Arroyo Las Piedras hasta Ruta Nº 5 en su antiguo trazado y por ésta hacia el Norte hasta la Calle Doctor Javier Barrios Amorín; Javier Barrios Amorín desde la Ruta Nº 5 en su antiguo trazado y por ésta hacia el Norte hasta Calle Dr. Javier Barrios Amorín; Javier Barrios Amorín desde Ruta Nº 5 hasta calle Municipio, calle Municipio hacia el Sur desde Javier Barrios Amorín hasta la calle que la une con Manuel Tiscornia a cien metros aproximadamente al Norte de la calle Escribano Humberto Cataldi, y por ésta hacia el Oeste hasta calle Manuel Tiscornia; continuando Manuel Tiscornia hacia el norte hasta la calle que lo une con Camino Natalia Bregante con la esquina que forma Manzana Nº 176; continuando por este Camino hacia Natalia Bregante. Natalia Bregante al norte hasta Camino Lorenzo Latorre y por éste hacia el este hasta Ruta Nº 5 en su nuevo trazado. Al Oeste: Ruta Nº 5, hacia el Norte, desde Camino Lorenzo Latorre hasta Ruta Nº 48, y Ruta Nº 48 hasta el Arroyo Colorado.

Artículo 4Artículo 4

La nueva Oficina de Estado Civil deberá cumplir las disposiciones que determine la Dirección General del Registro de Estado Civil. Dicha Dirección asignará los recursos humanos y materiales necesarios para su funcionamiento y determinará su lugar de asiento.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese a la Dirección General del Registro de Estado Civil y a la Suprema Corte de Justicia; publíquese y archívese.