Artículo 1 — Artículo 1
Declárase disuelta la Unidad de Estudios de los Acuíferos del Noroeste creada por decreto 344/973 de 16 de mayo de 1973.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Declárase disuelta la Unidad de Estudios de los Acuíferos del Noroeste creada por decreto 344/973 de 16 de mayo de 1973.
Artículo 2 — Artículo 2
Cométese a la Dirección Nacional de Minería y Geología, dependiente del Ministerio de Industria y Energía, la realización de las tareas explicitadas en el artículo 3º del decreto 854/976 de 1º de diciembre de 1976 salvo las correspondientes a los literales c, d y g de dicho artículo que pasarán a ser desempeñados por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión, a través de la Unidad Ejecutora Vértice Noroeste.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, publíquese, etc.