Decreto22-1994·1994

FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. ENERO 1994

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/01/1994

Fecha de publicación

26/01/1994

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Establécese el monto del Salario Mínimo Nacional a todos sus efectos en $ 395.oo (pesos uruguayos trescientos noventa y cinco) mensuales o sus equivalentes resultantes de dividir dicho importe entre veinticinco para determinar el jornal diario o entre doscientos para determinar el jornal horario. (*)

Artículo 2Artículo 2

Lo dispuesto en el artículo 1 regirá a partir del 1º de enero de 1994 y no será aplicable a los salarios de los trabajadores domésticos, rurales y de la esquila.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese y publíquese en dos diarios de la Capital.