Decreto22-2014·2014

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. DICIEMBRE 2013

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/01/2014

Fecha de publicación

2 de octubre de 2014

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fijase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de diciembre de 2013, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.219, de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 683,70 (seiscientos ochenta y tres pesos uruguayos con setenta centésimos).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fijase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de diciembre de 2013 en $ 677,57 (seiscientos setenta y siete pesos uruguayos con cincuenta y siete centésimos).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Índice General de los Precios del Consumo asciende en el mes de diciembre de 2013 a 126,67 (ciento veintiséis con sesenta y siete), sobre base diciembre 2010 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de enero de 2014 es de 1,0852 (uno con ochocientos cincuenta y dos diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.