Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca para que, por intermedio de la Dirección Granos, proceda a la compra directa, con carácter urgente y previo llamado a concurso de precios, de hasta 5.000 (cinco mil) toneladas de forrajes, procedentes del exterior, destinado al abastecimiento de los productores.