Artículo 1 — Artículo 1
Postérgase la aplicación de las exigencias de certificación preceptuadas por el Decreto N° 388/005 de 07 de octubre de 2005 y modificativo Decreto N° 026/006 de 30 de enero de 2006 para el 1° de enero de 2007.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Postérgase la aplicación de las exigencias de certificación preceptuadas por el Decreto N° 388/005 de 07 de octubre de 2005 y modificativo Decreto N° 026/006 de 30 de enero de 2006 para el 1° de enero de 2007.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese a la Secretaría Permanente del MERCOSUR.
Artículo 3 — Artículo 3
Dése cuenta a la Asamblea General.
Artículo 4 — Artículo 4
Comuníquese, publíquese, etc.-