Artículo 1 — Artículo 1
(*)
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
(*)
Artículo 2 — Artículo 2
(*)
Artículo 3 — Artículo 3
Facúltase a la Dirección Nacional de Aduanas a iniciar las acciones tendientes al cumplimiento de la Directiva MERCOSUR/CCM/N° 13/12 y en tal sentido generar con las Administraciones Aduaneras del MERCOSUR negociaciones con el objetivo de implementar Acuerdos de Reconocimiento Mutuo de los sistemas de precinto electrónico y su monitoreo y de las empresas prestadoras del servicio, homologadas por las distintas Administraciones Aduaneras.
Artículo 4 — Artículo 4
Comuníquese, publíquese, etc.