Decreto224-1987·1987

AUTORIZACION DE EXONERACION A LA IMPORTACION DE SEMILLA DE SOJA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/04/1987

Fecha de publicación

16/06/1987

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase por el período comprendido entre el 1º de julio de 1987 al 31 de diciembre de 1987 la importación sin gravamen de hasta 40.000 (cuarenta mil) toneladas de semillas de soja (NADI 12.01.04.99).

Artículo 2Artículo 2

La importación referida sólo podrá realizarse por las empresas industriales elaboradoras de aceites comestibles en las cantidades que previamente convengan a través de la Cámara Nacional de Aceites Comestibles.

Artículo 3Artículo 3

Dése cuenta a la Asamblea General.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese en dos diarios de circulación nacional, etc.