Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la firma CONECTA S.A. el ajuste en sus tarifas que regirá a partir del 1° de julio de 2018, por el servicio de suministro de gas natural en el sur del país (con excepción de Montevideo), en la ciudad de Paysandú y de propano redes, en los términos consignados en las planillas adjuntas a este decreto y que forman parte integrante del mismo, individualizadas como Anexos I, II y III. <IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0>