Decreto225-2011·2011

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. MAYO 2011

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

23/06/2011

Fecha de publicación

7 de diciembre de 2011

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fijase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de mayo de 2011, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 515,54 (pesos uruguayos quinientos quince con cincuenta y cuatro centésimos).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fijase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de mayo de 2011 en $ 512,03 (pesos uruguayos quinientos doce con cero tres centésimos).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Indice General de los Precios del Consumo asciende en el mes de mayo de 2011 a 104,34 (ciento cuatro con treinta y cuatro), sobre base diciembre 2010 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de junio de 2011 es de 1,0853 (uno con ochocientos cincuenta y tres diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.