Artículo 1 — Artículo 1
Auméntase el monto máximo vigente de las multas previstas en el artículo 193 del Código Aeronáutico (Decreto-Ley 14.305 del 29 de noviembre de 1974) en un 39% quedando fijado en $ 78.064 (pesos uruguayos setenta y ocho mil con sesenta y cuatro centésimos).