Decreto226-2008·2008

FIJACION DE LA TASA DE DEVOLUCION DE TRIBUTOS A LAS EXPORTACIONES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28/04/2008

Fecha de publicación

5 de julio de 2008

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase una tasa de devolución de tributos del 2.25% a las exportaciones efectuadas por el ítem NCM 3402.11.40.00. Dicha tasa regirá para las exportaciones embarcadas entre el 1º de enero de 2007 y el 11 de octubre de 2007.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.