Artículo 1 — Artículo 1
Establécese un régimen opcional de determinación de la renta neta gravada por el Impuesto a las Rentas de los No Residentes, para las operaciones de venta de metales preciosos realizadas en territorio nacional por personas físicas y demás entidades no residentes. A tales efectos, se deberá considerar la definición de metales preciosos establecida en el artículo 36 del Decreto Nº 220/998 de 12 de agosto de 1998.