Artículo 1 — Artículo 1
Las liquidaciones por Residuos Pasivos de los Ejercicios 1987 y 1988, correspondientes al Consejo del Niño, serán tramitados por la División Financiero-Contable del Instituto Nacional del Menor.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Las liquidaciones por Residuos Pasivos de los Ejercicios 1987 y 1988, correspondientes al Consejo del Niño, serán tramitados por la División Financiero-Contable del Instituto Nacional del Menor.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, publíquese, etc.