Decreto228-2001·2001

PRORROGA DE VIGENCIA DE LO DISPUESTO EN LOS ARTS. 2º, 3º Y 6º DEL DECRETO 558/994, RELATIVO A LAS TASAS DE DEVOLUCION DE TRIBUTOS A LAS EXPORTACIONES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/06/2001

Fecha de publicación

29/06/2001

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase hasta el 30 de junio de 2002, el régimen consagrado en los artículos 2º, 3º y 6º del Decreto Nº 558/994, de 21 de diciembre de 1994 y las devoluciones de tributos fijadas a su amparo.-

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.-