Decreto228-2021·2021

PRORROGA DE LAS MEDIDAS SANITARIAS ESTABLECIDAS EN EL ART. 7º DEL DECRETO 90/021. 25 DE JULIO DE 2021

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16/07/2021

Fecha de publicación

22/07/2021

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase la medida dispuesta en el artículo 7 del Decreto N° 90/021, de 23 de marzo de 2021, hasta el 25 de julio de 2021.

Artículo 2Artículo 2

Sin perjuicio de la prórroga establecida en el artículo 1° del presente, las oficinas públicas podrán coordinar con la Oficina Nacional del Servicio Civil y con el Ministerio de Salud Pública, la presencialidad de sus trabajadores, así como el horario y modalidad de funcionamiento de las mismas, cada una dentro del marco de su descentralización y autonomía.

Artículo 3Artículo 3

Notifíquese en forma urgente a los organismos públicos y privados con competencia en las medidas dispuestas, comuníquese, etc.