Decreto230-1991·1991

FIJACION DE PRECIOS DE COMBUSTIBLES Y ALCOHOLES. MAYO 1991

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/04/1991

Fecha de publicación

30/07/1991

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Se aprueban los siguientes precios máximos de venta para los combustibles, asfaltos y productos especiales, fijados por el Directorio de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, los que entrarán en vigencia a partir de la hora cero del día 2 de mayo de 1991. (*)

Artículo 2Artículo 2

El Poder Ejecutivo faculta a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland a modificar, por razones fundadas, el precio de los disolventes y productos especiales en hasta un 15 % (quince por ciento), debiendo comunicarlo en cada oportunidad al Poder Ejecutivo.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.