Decreto230-2006·2006

ETIQUETADO Y ROTULACION DE PRODUCTOS TEXTILES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/07/2006

Fecha de publicación

24/07/2006

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

(*)

Artículo 2Artículo 2

El Area Defensa del Consumidor de la Dirección General de Comercio será competente para la sustanciación y resolución de todos aquellos asuntos a iniciarse o que se encontraren en trámite, referidos a las cuestiones relativas a este Decreto. Se deja sin efecto la intervención de la Comisión Asesora de Publicidad Engañosa, cuyas competencias específicas pasarán a ser cumplidas por el Area Defensa del Consumidor.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.